martes, 19 de abril de 2016

SOCIEDAD  DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 
Una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) o sociedad limitada (SL) es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no responde con el patrimonio personal de los socios. (Limitada LTDA)
Las participaciones sociales no son equivalentes a las acciones de las sociedades anónimas, dado que existen obstáculos legales a su transmisión. Además, no tienen carácter de «valor» y no puede estar representada por medio de títulos o anotaciones en cuenta, siendo obligatoria su transmisión por medio del documento público que se inscribirá en el libro registro de socios. Se constituye en escritura pública y posterior inscripción en el registro mercantil, momento en el que adquiere personalidad jurídica. En México y en Argentina, como un ejemplo, una SRL está limitada a un máximo de 50 socios.1 2
La gestión y administración de la empresa se encarga a un órgano social. Este órgano directivo está formado por la Junta General y por los administradores, que son los que administran la empresa.
REQUISITOS PARA FORMARLA 
  • Capital está dividido en partes sociales.
  • Para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, en mexicose tiene un capital mínimo de $ 3,000 pesos mexicanos.
  • Al momento de la constitución se debe pagar al menos el 50% de cada parte social.
  • No se puede transferir una parte social de manera libre. Se requiere del consentimiento de al menos la mayoría de los socios de la sociedad.
  • El número mínimo de socios es 2 personas. Las Sociedades de Responsabilidad Limitada pueden tener como máximo 50 socios.
  • La administración es llevada a cabo por los socios que integran la sociedad, o por uno o más gerentes. A diferencia de la Sociedad Anónima, la Sociedad de Responsabilidad Limitada no tiene obligación legal de nombrar un directorio.
  • Las Sociedades de Responsabilidad Limitada tienen la opción de tener un Consejo de Vigilancia, no es obligatorio.Capital está dividido en partes sociales.
  • Para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, se tiene un capital mínimo de $ 3,000 pesos mexicanos.
  • Al momento de la constitución se debe pagar al menos el 50% de cada parte social.
  • No se puede transferir una parte social de manera libre. Se requiere del consentimiento de al menos la mayoría de los socios de la sociedad.
  • El número mínimo de socios es 2 personas. Las Sociedades de Responsabilidad Limitada pueden tener como máximo 50 socios.
  • La administración es llevada a cabo por los socios que integran la sociedad, o por uno o más gerentes. A diferencia de la Sociedad Anónima, la Sociedad de Responsabilidad Limitada no tiene obligación legal de nombrar un directorio.
  • Las Sociedades de Responsabilidad Limitada tienen la opción de tener un Consejo de Vigilancia, no es obligatorio.

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